La Constitución Europea permite la guerra preventiva.
Fuente: hispanidad.
El artículo 41 del Tratado Constitucional contempla que "la Unión podrá recurrir a dichos medios en misiones fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional".
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